La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, y la titular de Igualdad, Irene Montero, han firmado este jueves con los sindicatos el Acuerdo para el Desarrollo de la Igualdad Efectiva entre Hombres y Mujeres en el Trabajo, un texto que desarrolla, en dos reglamentos, la igualdad retributiva y los planes de igualdad en las empresas y que establece, entre otras medidas, la obligación de tener un registro para verificar que no existen diferencias salariales por cuestión de género.

El reglamento de igualdad retributiva establece para todas las empresas la obligación de tener un registro retributivo, con el objetivo de «advertir si existe hipervaloración o infravaloración del puesto según el género«.

El registro deberá contar con información retributiva desagregada por sexos de toda la plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos, desglosada y promediada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor, e incluyendo salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales.

Auditoría salarial entre uno y tres años

Las compañías que elaboran plan de igualdad, además, deberán realizar una auditoría retributiva, lo cual supone un diagnóstico de la situación retributiva y un plan de acción para corregir diferencias y prevenirlas.

El decreto con el reglamento para la igualdad retributiva entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una vez aprobado por el Consejo de Ministros, y a partir de ahí las empresas de entre 150 y 250 personas empleadas tendrán un año de plazo para completar la auditoría salarial. Las empresas de entre 100 y 150 tendrán dos años y las de 50 a 100 empleados tendrán hasta tres años.

Las empresas deberán contar con planes de igualdad efectivos y específicos que pongan el énfasis en el diagnóstico con los efectos reales y sin reproducir estereotipos de géneros.

Paula Mattio
Directora
Área de Igualdad y Diversidad